La
creciente importancia que ha adquirido la telefonía en la vida cotidiana ha
convertido a la numeración telefónica en un mecanismo de identificación tan o
más importante que el DNI para las personas, o el RUC para las empresas.
En el
caso de las personas, el número de teléfono constituye un elemento
indispensable para su interacción social o familiar, mientras para las empresas
constituye, con frecuencia, el vehículo principal de contacto con sus clientes,
canales de venta o proveedores.
La
portabilidad numérica es el derecho de los usuarios a conservar su número
telefónico cuando éstos desean cambiar de proveedor de los servicios de telecomunicaciones.
En el año 2007, el Perú inició el proceso de instauración de la portabilidad
numérica para la telefonía móvil, el cual entró en vigencia el 1 de enero de
2010. A la fecha, 155.527 usuarios han hecho uso de la portabilidad móvil.
Estas cifras pueden parecer modestas, frente al significativo número de
usuarios que actualmente tiene la telefonía móvil (33,17 millones de líneas en
servicio a marzo de 2012), sin embargo, no reflejan ni traducen los efectos más
importantes que tiene la portabilidad en el mercado de las telecomunicaciones.
Un
primer efecto importante de la portabilidad es promover una mayor competencia
entre las empresas, las que a través de sus ofertas y promociones pugnan por
atraer a los clientes de las competidoras. Un segundo efecto, es que las
empresas buscan mejorar las condiciones en que prestan sus servicios a fin de
retener y fidelizar a sus clientes. El cambio forzoso de número ya no podrá ser
un obstáculo que disuada a los usuarios de cambiar de operador.
El
procedimiento para el cambio de proveedor del servicio móvil, es muy sencillo.
El abonado presenta su solicitud de cambio ante el operador con el cual
desea cambiarse. Adjunta copia de su documento de identificación y sólo en el
caso de abonados con planes pospago, adjunta copia del último recibo telefónico
con la constancia de pago respectiva. En un plazo máximo de 7 días hábiles de
presentada esta documentación, el cambio de operador se hace efectivo. Sólo en
el caso que el abonado tenga una deuda exigible a la fecha de solicitud
de la portabilidad o el servicio suspendido, la solicitud de portabilidad es
objetada.
El
Congreso de la República acaba de aprobar un proyecto de ley que impulsará la
portabilidad numérica, ahora en el mercado de telefonía fija. Este mercado ha
crecido a un ritmo menor que el de telefonía móvil, contando a la fecha con
10,4 líneas por cada 100 habitantes, en contraste con países como Brasil
(21,9), Argentina (24,9) o Colombia (15,2). Este bajo nivel de crecimiento y
penetración, se explica en parte por los altos niveles de concentración que
mantiene este mercado y la falta de competencia.
Creemos
que la portabilidad en este mercado contribuirá a fomentar la competencia, que
a nuestro juicio es la principal herramienta para promover un mayor dinamismo
en este mercado. El OSIPTEL, el regulador de las telecomunicaciones, no sólo
apoya dicha iniciativa sino que –al igual que en el caso de la portabilidad
móvil– participará decididamente en su implementación, velando porque este
proceso se lleve de manera transparente y en el menor tiempo posible.
(*)
Presidente de Osiptel.
Fuente: La Republica.pe (Columnistas)